Asistimos con perplejidad cómo la COMVI decide “premiar” con 1 día libre a las personas que hayan estado trabajando en presencial entre mediados de marzo y finales de mayo. Nos preguntamos si realmente un día libre puede pagar cada uno de los días que los trabajadores presenciales han salido de sus casas en estado de alarma, y no han podido quedarse confinados en sus domicilios por ser un servicio esencial. Nos preguntamos si ese día puede paliar los riesgos que estos trabajadores han soportado al principio de la crisis cuando salían a puerta gayola sin medidas de seguridad. O cuando la falta de criterios claros hacía balancear de menos a más los riesgos, en función de quien organizara el trabajo ese día. Si nos vamos al Convenio, existe un artículo dedicado al Plus de Penosidad y Peligrosidad, que dice: “El Comité de Seguridad y Salud, una vez estudiadas las características del trabajo a desarrollar, bien sea excepcional o habitual, propondrá a la representación de los/las trabajadores/as la relación pormenorizada de las personas afectadas por este tipo de trabajos que, a pesar de tomar las medidas correctoras en materias de seguridad y salud, puedan ser perjudiciales o entrañar riesgos para su salud. Se establece a este fin la percepción del 15% del salario.”
Desde CGT entendemos que la COMVI interpreta el convenio pero no puede sacarse de la manga lo que quiera. El camino del Convenio Colectivo quizás sea más lento, pero más digno y serio. Si la Dirección quiere reconocer de verdad el esfuerzo de los trabajadores, además de tener el detalle de agradecérselo por carta como CGT les ha sugerido, le instamos a que aplique el Convenio y pague el Plus de Penosidad y Peligrosidad a quien le corresponda por el trabajo realizado. Por nuestra parte, recomendamos a todos los trabajadores presenciales que lo reclamen, sobre todo cuando se han visto expuestos en muchas ocasiones innecesariamente por falta de EPI’s.
Ese día libre que la COMVI ha aprobado genera malestar entre la plantilla. No nos parece serio. Exijamos que no nos regalen nada, que nos den lo que nos corresponde. En fin, menos inventarse cosas y mejor aplicar el Convenio que para eso está, que poco nos va a durar a este ritmo.
Y respecto a las vacaciones, recordamos los apartados 2, 4 y 5 del artículo 13 del Convenio, ya que la Dirección ha manifestado en la COMVI su intención de que la plantilla esté al completo antes del 14 de septiembre, cuando empezarán de nuevo las desconexiones provinciales, y la nueva programación de otoño.
Apartado 2 “El disfrute de las vacaciones se realizará en los meses de verano (julio, agosto y septiembre, con las excepciones previstas en el artículo 33 letra i) preferentemente en los meses de julio y agosto, de acuerdo con las necesidades del servicio.
Los/las trabajadores/as que, por necesidades del servicio, sean requeridos/as por la Empresa para disfrutar sus vacaciones fuera del período anteriormente establecido, percibirán una compensación económica, en concepto de traslado de vacaciones del 12% del salario base mensual, más tres días hábiles de vacaciones o la parte proporcional que corresponda.
Apartado 4. El/La trabajador/a, si así lo solicita y las necesidades del servicio lo permiten, podrá disfrutar de las vacaciones, o parte de ellas, entre octubre y junio. En este caso disfrutará de una prima de tres días hábiles de vacaciones, o la parte proporcional que le corresponda en su caso.
Apartado 5. Por acuerdo directo entre la Empresa y el/la trabajador/a el período de vacaciones podrá ser fraccionado en un máximo de dos períodos, sin que ninguno de ellos sea inferior a siete días naturales.
Y por último el trabajo a distancia. Se trató ayer en la COMVI la necesidad de regular lo que tenemos en la actualidad, solucionar los problemas técnicos, de falta de criterios objetivos para repartir el trabajo, la discrecionalidad de acceso al trabajo remoto… Los problemas que hay en el presencial a causa en parte por el remoto. Encima de la mesa hay una propuesta de reglamento de teletrabajo presentada por UGT, que servirá de base de discusión. La Dirección se ha comprometido a entregar un informe sobre la situación real técnica existente y los puestos que podrían tener trabajo no presencial. Por su parte, la RLT se ha comprometido hacer aportaciones para regular por escrito las bases del trabajo no presencial en la empresa, una vez disponga de esa radiografía técnica. Nos gustaría que nos hicierais llegar vuestras aportaciones sobre cómo veis el trabajo en casa.